Sí, porque se adhiere a los siguientes principios legales:
Fuente | Descripción |
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Código Civil Federal, artículo 1803 | Establece que el consentimiento puede ser expresado por medios electrónicos. |
Código de Comercio, artículos 89 y 93 | Establece que se pueden utilizar actos de comercio o entrenamiento electrónico, óptico o cualquier otra tecnología. Otorga total validez a los contratos electrónicos o mensajes de datos. |
Ley de Firma Electrónica Avanzada | Regula el uso de firmas electrónicas y homologadas en efecto a las firmas. |
Código Federal de Procedimiento Civil, artículo 210-A | Reconocido como prueba y firmado contratos firmados electrónicamente. |
Ley para regular la tecnología de las instituciones financieras, artículo 56 | Promueve el uso de firmas electrónicas y reconoce su validez. |
Norma Oficial Mexicana NOM-151 | Establece los requisitos a observar para la conservación del contenido de los contratos electrónicos. |
Ley Federal de Procedimiento Procesal y Administrativo Artículo 46 | Reconoce la validez de los documentos electrónicos y ser admitido como firma de pruebas. |
Varios países en el mundo reconocen la validez de las firmas electrónicas (presente solo algunas de ellas) | La Ley Uniforme de Transacciones Electrónicas de 1999 y la Ley de Firmas Electrónicas en el Comercio Mundial y Nacional de los Estados Unidos; Directiva 1999/93 / CE de la UE sobre firma electrónica en la Unión Europea; Y La Ley de Comunicaciones Electrónicas 2000 y el Reglamento de Firma Electrónica 2002 en el Reino Unido. |